El SMI en 2021 está fijado en 950 euros. Desde el 1 de septiembre se debate una subida que parece inminente, pero ¿cuánto subiría el salario mínimo interprofesional en las próximas semanas?
El 30 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 38/2020, con el que se prorrogaba el SMI temporalmente debido a la situación de pandemia que estamos viviendo y afectando a muchas empresas.
En consecuencia, el Salario Mínimo Interprofesional durante 2021 se limitó a prorrogar las cuantías de 2020. La norma no descartaba un posible incremento del SMI de 2021, en cuanto la situación mejorase.
Las negociaciones sobre la subida del SMI por el momento son infructuosas y se complican por otra normativa que está a debate, la prorroga de los ERTES, que debe realizarse antes del 1 de octubre.
¿A cuánto subiría el SMI en 2021 en las próximas semanas?
Según el informe elaborado por la Comisión de expertos que asesora al Gobierno, se recomienda un aumento del SMI 2021 de entre 12 y 19 euros.
La subida barajada por el Gobierno se encontraría entre dichos márgenes, aunque Trabajo propone un incremento de 15 €. Su intención es aumentarlo gradualmente para llegar a los 1.050 euros al final de su legislatura.
Recomendación de los expertos para 2022 y 2023
El Comité de Expertos propone una subida de 19 euros en 2021, de forma que en 2022 y 2023 se incremente 40 € por año.
Si el aumento fuese de 15 € finalmente (un 0,9% respecto al SMI actual), estiman oportuno que se produzca un incremento en cada ejercicio de 30 euros.
¿Para cuándo está prevista la subida del Salario Mínimo Interprofesional de 2021?
Aunque a comienzos de julio, la Ministra Nadia Calviño planteaba que la revisión del SMI se aplazase a los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno ha retomado la negociación desde el 1 de septiembre.
La intención del Ejecutivo es que el incremento del Salario Mínimo Interprofesional se produzca a partir del próximo mes de octubre, aunque no se llegue a un acuerdo con la patronal.
¿ Tendría carácter retroactivo, la subida del SMI de 2021 en octubre?
Según ha indicado la Ministra, Nadia Calviño, la subida del SMI se aplicaría para los meses de octubre, noviembre y diciembre con total seguridad y no tendría carácter retroactivo.
Sería lo justo, dada la delicada situación que han atravesado las empresas en los meses anteriores. Y algo que muchos laboralistas agradecerían, que se han enfrentado a un año extenuante a causa de los ERTES.
La incógnita es si el aumento afectará también al mes de septiembre, como proponen los sindicatos.
¿Cómo afectaría a los autónomos el incremento del SMI?
La subida del Salario Mínimo Interprofesional tendría como consecuencia un aumento de las cuotas a la Seguridad Social de los autónomos.
No importa cuál sea la cifra definitiva del SMI 2021. Esto se debe a un aumento de tres décimas de su cuota, subida ya prevista por la normativa y que quedó en suspenso, mientras no se incrementase el salario mínimo.
De aprobarse la subida del SMI, las contingencias profesionales pasarían del 1,1 al 1,3%. Y el cese de actividad por el que cotizan, del 0,8 al 0,9%.
Esto supondría un incremento del 0,3% en su cuota, que se traduciría en un desembolso de entre 3 y 12 euros mensuales más.
¿Cuánto es el Salario Mínimo Interprofesional 2021 en España actualmente (SMI 2021)?
La Disposición adicional sexta del RD Ley 38/2020 prorrogó temporalmente la vigencia del Real Decreto 231/2020, que regulaba el Salario Mínimo Interprofesional en España 2020.
Esta prórroga del SMI de 2020 durante 2021, según el texto, se mantendrá «hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2021 en el marco del diálogo social».
Recordamos que el RD 231/2020 incrementó el salario mínimo interprofesional en 2020 en un 5,5% respecto al SMI de 2019, hasta los 950 euros.
Por tanto, el Salario Mínimo Interprofesional durante 2021 es temporalmente de 950 euros mensuales por 14 pagas. Hasta que se produzca la subida que comentábamos anteriormente.
Esto implica que la cuantía de salario mínimo para 14 pagas en 2021 es:
- Salario Mínimo Interprofesional diario en 2021: 31,66 €/día.
- Salario Mínimo Interprofesional mensual en 2021: 950 €/mes.
¿Cuál es el SMI anual en 2021?
Al prorrogarse el Real Decreto que regulaba el SMI de 2020, también se mantiene el cómputo anual del SMI que indica la norma.
Según esto, el salario mínimo interprofesional anual en 2021 en ningún caso podría ser inferior a 13.300 euros.
¿Cuál es el SMI de 2021 con las pagas extras prorrateadas?
El SMI para 2021 es de 950 euros. Pero esta cifra se aplica sólo si recibes 14 pagas de tu empresa.
En el caso de que percibas 12 pagas, esto quiere decir que el resto se prorratearían en tu nómina.
Si las pagas extra se prorratean, las 12 mensualidades serían de 1108,33 euros. Por lo que el salario mínimo por mes tendría que ser al menos igual a dicha cantidad.
El aumento de los salarios se ha ralentizado en España durante 2021
El incremento del SMI en 2019 generó la negociación de convenios colectivos para actualizar las tablas salariales. El Covid-19 paralizó esta tendencia.
Pero, ¿qué ha sucedido en 2021? Según una encuesta realizada por KPMG, 6 de cada 10 empresas encuestadas realizarían un aumento salarial. La media de estos incrementos estaría en torno a un 1,37% para los trabajadores sujetos a convenio colectivo.
Cerca del 41% de las empresas no ha realizado ningún aumento salarial, la mayoría se muestran prudentes ante los acontecimientos.
¿Cuál fue el salario mínimo interprofesional durante 2020?
El Salario Mínimo Interprofesional 2020 entró en vigor tras el Real Decreto 231/2020, publicado el día 5 de febrero en el BOE.
Se aplicó con efecto retroactivo, desde el 1 de enero de 2020.
Esta norma introdujo una subida del Salario Mínimo Interprofesional hasta los 950 euros.
¿Cuál es el salario para los trabajadores eventuales y temporeros durante 2021?
La cuantía por jornada para los trabajadores eventuales y temporeros que presten servicios en una empresa inferiores a 120 días, en 2020 pasó de 42,62 euros, que cobraban en 2019 a los 44,99 euros, durante 2020.
Por el momento, el salario para los trabajadores eventuales y temporeros durante 2021 será de 44, 99 euros por jornada.
Conjuntamente con este salario, deberán percibir la parte proporcional de la retribución de domingos, festivos y pagas extraordinarias.
¿Cuál es el Salario mínimo para los empleados del hogar durante 2021?
Igualmente se prorrogó el salario mínimo para los empleados del hogar.
En base al RD 231/2020, el salario mínimo de los empleados del hogar quedaría fijado en 7,43 euros por hora trabajada. En las próximas semanas se espera que también aumente.
Complementos salariales y reglas para su compensación y absorción
Al salario se le suman los complementos salariales establecidos en el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Así mismo, se adicionarán los importes correspondientes a remuneraciones a prima o incentivos a la producción.
En cuanto a la revisión del salario mínimo de 2021, no corresponderá cuando el salario que reciben o su conjunto anual sean superiores a la cifra establecida como Salario Mínimo Interprofesional.
Según indicaba la norma, el trabajador debe percibir el salario mínimo más los complementos que correspondan.
Ahora bien, el RD 231/2020 señalaba que «estas percepciones son compensables con los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo en cómputo anual y jornada completa» vigentes.
En qué casos no se aplica el SMI. ¿Cuáles son las exclusiones?
Según el RD 231/2020, hay algunas situaciones a las que no es de aplicación la subida del salario mínimo:
- A aquellos contratos privados vigentes antes de la norma, que usen el salario mínimo como referencia. Excepto si desean pactar su aplicación posteriormente.
- A las normas de las entidades de la Administración, Ceuta y Melilla, cuando se use el SMI como indicador o referencia del nivel de renta para acceder a prestaciones o beneficios.
¿Cómo es tu nómina durante 2021 si se aplica el SMI?
Resumimos varias claves a tener en cuenta para las nóminas durante 2021 hasta que se produzca la subida:
- Tu salario bruto no podrá ser inferior en su conjunto a 13.300 euros anuales, si realizas jornada completa. (Por supuesto, el salario que debes percibir siempre ha de consultarse en tu convenio colectivo de referencia, para tu categoría profesional. Sobre todo te afectará si tu salario o conceptos hacen alusión al SMI para su cálculo).
- Al salario mínimo se le sumarán, en su caso, según indique el convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26,3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
- Los 950 € mensuales del salario mínimo procederían si se aplican 14 pagas. En caso de que se prorrateen las pagas extras en 12 meses, el salario bruto al mes sería de 1108,33 euros.
- Si tu jornada es inferior a las 40 horas, el salario bruto se calcularía proporcionalmente a las horas de trabajo que realices.
- Según una sentencia del Audiencia Nacional sí se podrían compensar los complementos y primas a la hora de calcular el salario bruto del trabajador.
Te recomendamos nuestro artículo cómo afectará la subida del smi a mi nómina, donde encontrarás un modelo de nómina y más detalles.
Para valorar si se pueden compensar o no los complementos o pluses, es imprescindible revisar lo indicado en Convenio Colectivo, ya que hay algunos que establecen que conceptos que no se pueden compensar.
Y por supuesto, no se deberían compensar aquellos complementos o primas que estén minorando los derechos individuales del trabajador, como el plus de nocturnidad o peligrosidad.
Si lo deseas, puedes ampliar información sobre esta sentencia sobre los complementos salariales.
Fuente: RD 231/2020, Real Decreto Ley 38/2020, Expansión y El Economista.